ABIERTO EL PLAZO DE ADMISIÓN PARA EL CURSO 2022-23. PLAZO DE SOLICITUD: DESDE EL 12 MAYO HASTA EL 25 de MAYO

Martes, 24 Mayo, 2022 hasta el Viernes, 1 Julio, 2022

Publicada la Resolución de 03/05/2022, de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas, por la que se convoca el procedimiento de admisión de alumnado para las enseñanzas de idiomas de régimen especial en escuelas oficiales de idiomas y centros de educación de personas adultas de Castilla-La Mancha para el curso escolar 2022/2023.

-PLAZO DE SOLICITUD DE ADMISIÓN: del martes 11 de mayo al miércoles 25 de mayo, ambos incluidos.

¿Cómo realizar la preinscripción?

Las solicitudes se presentarán únicamente por vía electrónica a través del formulario de inscripción que estará disponible en la Secretaría Virtual de la Plataforma EducamosCLM (https://educamosclm.castillalamancha.es/),accesible igualmente a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es/).

¿Quién puede solicitar la Admisión?

.- Alumnos nuevos, o antiguos alumnos, que quieran matricularse en la EOI.

- Alumnos que hayan anulado matrícula a lo largo de este curso y quieran volver a matricularse.

- Alumnos que soliciten realizar una prueba de nivel de competencia para poder empezar en un curso o nivel concreto.

Requisitos de acceso:

1. Requisitos para acceder a las enseñanzas de idiomas de régimen especial en escuelas oficiales de idiomas:

a) Para acceder a estas enseñanzas será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos a fecha de 31/12/2022. b) Podrán acceder asimismo quienes tengan catorce años, cumplidos a fecha de 31/12/2022, para seguir las enseñanzas de un idioma distinto del cursado en la Educación Secundaria Obligatoria como primera lengua extranjera.

2. Requisitos para acceder a la enseñanza oficial de inglés (nivel Básico en la modalidad presencial) en centros de educación de personas adultas:

a) Tener una edad mínima de dieciocho años, cumplidos a fecha de 31/12/2022.

b) Las personas mayores de dieciséis y menores de dieciocho años a fecha de 31/12/2022 podrán acceder a estas enseñanzas siempre que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean deportistas de alto rendimiento.

3. Aquellas personas que ostenten la nacionalidad de un país cuya lengua oficial coincida con la que solicitan cursar no podrán acceder a las enseñanzas de ese idioma. Excepcionalmente, podrán acceder a estas enseñanzas si acreditan que no se trata de su lengua materna ni de la lengua de escolarización ordinaria.

Vías de acceso:

Las personas solicitantes podrán acceder a los diferentes niveles de cada uno de los idiomas a través de dos vías:

a) Mediante la acreditación académica requerida.

b) Mediante la realización de una prueba de nivel de competencia.

Acceso en función de la realización de una prueba de nivel de competencia:

a) La persona solicitante con conocimientos del idioma que acredite el dominio de las competencias suficientes mediante la realización de una prueba de nivel de competencia podrá acceder al curso correspondiente a los conocimientos acreditados en la misma, no pudiendo ser adscrito a un curso ya superado anteriormente en una escuela oficial de idiomas o centro de educación de personas adultas, en el caso del nivel Básico. Dicha circunstancia será acreditada documentalmente por la persona interesada y comprobada por la Administración.

b) El acceso mediante esta vía a un curso determinado no supondrá, en ningún caso, la superación de los cursos anteriores y, en consecuencia, no otorgará derecho alguno a la obtención de certificados de niveles inferiores.

c) Podrá realizar la prueba de nivel de competencia de un idioma quien desee acceder por primera vez a las enseñanzas de idiomas de régimen especial y tenga conocimientos en el idioma, pero no pueda acreditarlo mediante certificación académica. De igual manera, podrá realizar la prueba de nivel de competencia de un idioma quien haya interrumpido sus estudios en ese idioma y solicite acceder a un curso o nivel superior al último superado.

d) El resultado de la prueba de nivel sólo tendrá validez para el curso académico 2022/2023 y para la escuela oficial de idiomas en la que se realice. No obstante, una vez formalizada la matrícula, el alumno o alumna podrá solicitar traslado de “matrícula viva” a otra escuela oficial de idiomas de Castilla-La Mancha.

e) La prueba de nivel será voluntaria y sólo podrá realizarla la persona solicitante que así lo haya indicado en su solicitud.

f) La prueba de nivel de competencia será elaborada por los departamentos de coordinación didáctica de las escuelas

oficiales de idiomas. Esta prueba deberá contener, al menos, las siguientes tareas:

- Comprensión oral: Una o dos escuchas, dos o tres tareas de tipo verdadero o falso, asociación, completar tabla,

elección múltiple, completar huecos o respuesta abierta.

- Expresión escrita: Una tarea sobre un tema.

- Test gradual incluyendo cuestiones de tipo gramatical, léxico y/o fonético.

Las fechas de la realización de la prueba de nivel de competencia, a celebrar en los meses de junio y septiembre, serán establecidas y publicadas con al menos 48 horas de antelación por las escuelas oficiales de idiomas y por los centros de educación de personas adultas en sus tablones de anuncios y en el Portal de Educación (www.educa.jccm.es).

 

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