Validez del título.

Las Escuelas Oficiales de Idiomas del territorio nacional imparten las enseñanzas correspondientes al nivel básico, intermedio y avanzado, distribuidos, generalmente, en dos años cada uno.

Con el tiempo, el título que se expedía al terminar el Primer Nivel, denominado "Certificado de Aptitud", ha perdido validez. Actualmente corresponde al nuevo nivel avanzado (nivel B2 del MECR).

El Certificado de Aptitud permite a cualquier persona que haya realizado estudios superiores y que esté en posesión de una licenciatura, acceder al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria o de escuelas de Idiomas, e impartir clase de idiomas (dependiendo de la lengua que haya estudiado en la EOI correspondiente) en Institutos de secundaria o Escuelas de Idiomas.

Quienes estén en posesión del Certificado de Aptitud pueden convalidar el idioma que hayan cursado en la Escuela Oficial de Idiomas, por el correspondiente de BUP, COU y F.P. de 1º y 2º grado.

Cada Universidad hace sus propias convalidaciones con respecto a este certificado.

En el registro de las actividades de Formación Permanente del Profesorado, son tenidos en cuenta los certificados expedidos por las EEOOII.

Para la comunidad educativa en general, cada Ciclo otorga puntos en el baremo del Concurso de Traslados.

En las oposiciones de primaria y secundaria, cada Ciclo corresponde a puntos en el baremo general.

En la carrera de Magisterio, el Certificado de Aptitud puede equivaler, según la Universidad, a tener la especialidad del idioma correspondiente, o en dicha especialidad, a la convalidación de la asignatura.

Por el momento, el Certificado de Aptitud, que se expide al finalizar el 5º año del Ciclo Superior permite, a los maestros, impartir clase en el primer ciclo de la enseñanza secundaria obligatoria.

En el mercado laboral son títulos de reconocido prestigio, que reflejan el dominio del idioma que posee el candidato.

Estas enseñanzas están valoradas por el Ministerio de Defensa y el de Asuntos Exteriores.

También se valoran en todos los baremos para la concesión de becas, intercambios y convenios europeos.

El Diploma que se otorga en las Escuelas Oficiales de Idiomas es el único con validez en el territorio español expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia y por las comunidades autónomas con competencias educativas, en el que se reconoce una competencia lingüística de la lengua estudiada, extranjera o de las distintas comunidades autónomas de España, reconocido por la administración pública.

 

Última modificación: 02/12/2014 - 11:08